Funciones y competencias

La Dirección General de Simplificación Administrativa y del Patrimonio ejercerá sus competencias desarrollando las siguientes funciones:

  • En materia de funcionamiento de los servicios públicos:
    • La planificación y coordinación de auditorías relativas al funcionamiento de los centros, servicios y unidades, dentro de su ámbito de actuación, para la detección de posibles deficiencias, emitiendo el correspondiente informe y proponiendo medidas correctivas o evolutivas dirigidas al órgano competente para su adopción.
    • La labor de control establecida en la Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico, en relación con los procesos de creación de nuevas entidades instrumentales o de integración en el sector público autonómico de otras existentes, a través del análisis y del informe sobre su procedencia, teniendo en cuenta razones de eficacia, autonomía de gestión y no duplicidad.
    • La coordinación y supervisión de los sistemas de verificación del cumplimiento de la normativa vigente en materia de jornada laboral, así como, en coordinación con la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal, las funciones que correspondan en materia de teletrabajo.
    • El diseño y coordinación de los sistemas de evaluación del desempeño y de registro de actividad, así como el impulso de la extensión de estos sistemas, en coordinación con la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal.
    • La coordinación y el impulso de la instauración y la consolidación de la cultura de la gestión por objetivos y la rendición de cuentas, y la colaboración con las unidades para su implantación eficaz.
    • Aquellas funciones de información, investigación, inspección, auditoría y control que determine la persona titular de la Consellería de Hacienda y Administración Pública.
  • En materia de calidad de los servicios públicos:
    • La promoción y el impulso de un nuevo diseño de los servicios públicos, en coordinación con el órgano o entidad con competencias horizontales en materia de administración electrónica y en colaboración con los distintos departamentos de la Administración autonómica, que se base en la escucha activa, en el acompañamiento de hechos vitales, en la diversidad generacional y en el análisis personalizado de las necesidades de la ciudadanía, y en la oferta de servicios o procesos que puedan resultar de su interés.
    • La promoción de la realización de estudios de análisis de la demanda de servicios públicos y de la evaluación del grado de satisfacción de las personas usuarias.
    • La promoción de la participación de la ciudadanía en el diseño de los servicios públicos con la finalidad de que resulten más próximos, confiables, eficientes y transparentes.
    • La promoción, en colaboración con los distintos departamentos de la Administración autonómica, de la implantación de canales de comunicación con la ciudadanía que se adapten en cada caso a sus necesidades y capacidades.
    • El impulso de los instrumentos y documentos de gestión y mejora de la calidad de los servicios del sector público autonómico de Galicia.
  • En materia de racionalización y simplificación de los procedimientos administrativos:
    • La promoción, planificación y coordinación de los procesos de racionalización, simplificación y modernización, armonización, accesibilidad y afabilidad de los procedimientos administrativos.
    • La promoción y el impulso de la reducción de cargas burocráticas facilitando el acceso de la ciudadanía a los servicios públicos de una manera sencilla, mediante el acompañamiento a los distintos departamentos de la Administración autonómica en el diseño e implantación de los servicios públicos, bajo las premisas de optimización de trámites y documentos, reducción de cargas administrativas, empleo generalizado de comunicaciones previas y declaraciones responsables, lectura fácil e implantación de la Administración electrónica, la aplicación de tecnología innovadora y el ofrecimiento proactivo de los servicios públicos, con la finalidad de mejorar la confianza y la respuesta a la ciudadanía y a las empresas.
    • La emisión de informe conjunto con el órgano o entidad con competencias horizontales en materia de administración electrónica, con carácter preceptivo y previo a su aprobación y posterior publicación en el Diario Oficial de Galicia, sobre los proyectos de disposiciones de carácter general que regulen procedimientos administrativos a instancia de parte, las bases reguladoras y las convocatorias de subvenciones, así como el establecimiento de servicios a la ciudadanía y al personal empleado público de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y demás entidades integrantes del sector público autonómico.
    • La emisión de informe conjunto con el órgano o entidad con competencias horizontales en materia de administración electrónica, para la incorporación al inventario de información administrativa y a la sede electrónica de los procedimientos administrativos iniciados de oficio en la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.
    • La coordinación con los órganos y con las entidades del sector público autonómico de los contenidos y de los servicios disponibles en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
    • El impulso, en coordinación con el órgano o entidad con competencias horizontales en materia de administración electrónica, de las actuaciones que contribuyan a la mejora y al desarrollo de la interoperabilidad en la Comunidad Autónoma de Galicia y a la implantación progresiva de soluciones tecnológicas innovadoras, tanto en las relaciones de la ciudadanía con el sector público autonómico como en las actuaciones de carácter interno de este, que redunden en una simplificación de los procedimientos administrativos.
    • La elaboración y mantenimiento actualizado, en coordinación con el órgano o entidad con competencias horizontales en materia de administración electrónica, de la Guía de procedimientos y servicios, que está a disposición de la ciudadanía en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
    • La colaboración y coordinación en la aplicación de la normativa europea relativa al acceso en línea a la información, procedimientos administrativos y servicios o asistencia para la ciudadanía y las empresas europeas a través del portal Your Europe.
  • En materia de transparencia, información administrativa y atención a la ciudadanía:
    • La supervisión del cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa del sector público autonómico, de conformidad con la normativa reguladora en materia de transparencia.
    • La colaboración y asistencia a los departamentos de la Administración autonómica en la gestión de las solicitudes de acceso a la información pública presentadas por la ciudadanía.
    • El desarrollo de las acciones y, en su caso, la implantación de catálogos que permitan incrementar el nivel de calidad y transparencia de la información pública que difunde el sector público autonómico a través del Portal de transparencia y gobierno abierto.
    • La gestión y la coordinación funcional del Sistema integrado de atención a la ciudadanía (Siaci).
    • La actuación funcional como oficina de defensa de las personas usuarias de los servicios públicos del sector público autonómico, de acuerdo con lo indicado en el artículo 25 de la Ley 1/2015, de 1 de abril, de garantía de la calidad de los servicios públicos y de la buena administración, teniendo en cuenta la evaluación anual de las sugerencias y quejas presentadas por la ciudadanía.
    • La garantía, en coordinación con las secretarías generales técnicas de las respectivas consellerías, de la adecuada tramitación de las sugerencias y quejas presentadas por la ciudadanía ante la Oficina de defensa de las personas usuarias de los servicios públicos del sector público autonómico, con la excepción de los ámbitos sanitario, educativo y judicial, con el objeto de mejorar la calidad en la prestación de los servicios públicos.
  • En materia de integridad institucional:
    • El impulso de la política de integridad institucional de la Administración autonómica y la colaboración en la instrumentación de una infraestructura ética sólida, con los mecanismos adecuados para que la conducta de los responsables políticos y del personal empleado público sea ejemplar, y consolidar la transparencia, la integridad y la rendición de cuentas en la toma de decisiones.
    • La gestión y la coordinación funcional del Sistema interno de información de la Xunta de Galicia y su canal de denuncias en materia de integridad institucional.
    • La realización de la investigación preliminar de las comunicaciones que se reciben a través del canal de denuncias y el otorgamiento del tratamiento que proceda.
    • La coordinación de la aplicación de las pautas de protección de las personas informantes recogidas en la normativa vigente que resulte de aplicación, sin perjuicio de las funciones atribuidas a la Autoridad Gallega de Protección de la Persona Informante.
    • La coordinación, impulso y colaboración en la elaboración y actualización de los planes de prevención de riesgos de gestión y medidas antifraude.
    • El impulso, en colaboración con la Asesoría Jurídica General, de la mejora de la calidad normativa, basada en los principios de buena regulación, en el fomento de la participación ciudadana en el proceso de producción normativa y de su huella, y en la comprensión de las normas jurídicas por la ciudadanía.
  • En materia de estructuras orgánicas y relaciones de puestos de trabajo:
    • La evaluación, desde el punto de vista funcional, de las propuestas de estructura orgánica y relación de los puestos de trabajo con el objeto de conseguir una Administración pública eficaz y eficiente. Los órganos competentes en materia de personal de las consellerías deberán solicitar el informe de la Dirección General de Simplificación Administrativa y del Patrimonio con carácter previo a la solicitud del informe de la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal y de la Dirección General de Presupuestos y Financiación Autonómica sobre las estructuras orgánicas y las relaciones de puestos de trabajo.
    • La realización de estudios sobre la dimensión de las plantillas, proponiendo las medidas necesarias sobre la reasignación de efectivos en función de las cargas de trabajo soportadas por las distintas unidades administrativas para conseguir un mejor funcionamiento de los servicios.
  • La persona titular de la dirección general ostentará la Presidencia de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 237/2007, de 5 de diciembre, por el que se crea la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Galicia y se regulan su composición y funciones.
  • En materia de patrimonio:
    • Las competencias que las normas reguladoras del patrimonio de la Comunidad Autónoma y sobre sucesión intestada le asignen, y todas aquellas que las mismas normas atribuyen a la Consellería de Hacienda y Administración Pública, sin perjuicio de las competencias atribuidas por la normativa a otro órgano.